Segundo Borrador:
¿Qué ha cambiado?
El Gobierno ha ajustado el plan para "blindar" a las familias y agilizar el trabajo legal, pero ha cerrado la puerta a algunos perfiles. Todo lo que necesitas saber.
¿Qué ha cambiado y cómo te afecta?
El segundo borrador trae ajustes importantes: nueva fecha de corte, el requisito de los 5 meses sin salir, el "Pack Familiar" y facilidades con los antecedentes penales. Es un texto mucho más técnico y sólido que el primero.
Previsión: Presentación de papeles entre abril y el 30 de junio de 2026. ¡Son solo tres meses!
Índice de contenidos
1 de enero de 2026: La nueva fecha mágica
En el primer borrador, la fecha límite de entrada era el 31 de diciembre de 2025. El nuevo texto la ha movido un día más: si entraste en España antes del 1 de enero de 2026, ¡estás dentro del proceso!
"Quienes llegaron justo para las uvas de año nuevo también pueden aplicar."
5 meses sin salir de España
El requisito innegociable
Se exige permanencia ininterrumpida de 5 meses antes de la solicitud. No se admiten viajes fuera de España.
- Un fin de semana fuera puede ser problema
Flexibilidad en las pruebas
Puedes demostrar esos 5 meses con cualquier cosa:
- Padrón municipal
- Cita médica
- Abono transporte
- Recibo de compra con tu nombre
Trabajo en 15 días y protección familiar
Este segundo borrador apuesta fuerte por la familia y la dignidad laboral:
Habilitación laboral exprés
Una vez admitan tu solicitud (máximo 15 días), ya puedes trabajar legalmente.
El "Pack Familiar"
Solicita tu residencia y la de tus hijos menores (o mayores con discapacidad) al mismo tiempo. A los niños les darán tarjeta de 5 años.
Suspensión de expulsiones
Si tienes una orden de expulsión por no tener papeles, en cuanto presentes la solicitud, esa orden se congela.
¿Quiénes se quedan fuera?
El borrador define claramente quién NO puede pedir esta regularización:
Con permiso vigente
Personas que ya tienen un permiso de residencia o estancia vigente.
Trámites en curso
Quienes están renovando o modificando sus papeles actualmente.
Ciudadanos ucranianos
Tienen su propio régimen de protección temporal.
Prohibición de entrada
Personas con una prohibición de entrada firme en vigor.
Facilidades con los antecedentes penales
Conseguir el certificado de penales de algunos países es una pesadilla burocrática. El borrador trae una solución brillante:
La Declaración Responsable
Si la Administración española pide tus antecedentes a tu país y este no responde en un mes, tú podrás firmar una declaración jurando que estás limpio. Esto evita que tu trámite se bloquee por culpa de la lentitud de otros países.
¿Cumples los requisitos para regularizarte?
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⚠️ ¡Atención! Si ya tienes papeles "en trámite", lee esto con cuidado
Si actualmente tienes en trámite una autorización de residencia, o estás en mitad de una modificación, el texto del 18 de febrero te deja, en principio, fuera del proceso.
¿Significa que todo está perdido?
No, pero hay que saber jugar bien las cartas.
La opción de la renuncia
Legalmente, puedes "desistir" al trámite que tienes a medias para intentar esta nueva vía.
¡Pies de plomo!
NO recomendamos renunciar a nada todavía. Sería una temeridad soltar lo que ya tienes seguro por una promesa que aún no se ha publicado en el BOE.
"En extranjería, más vale pájaro en mano que ciento volando. Espera a que la ley sea oficial y definitiva."
Preguntas Frecuentes
Sobre el segundo borrador de la regularización.
Análisis del despacho
Este segundo borrador es mucho más técnico y sólido. Nos gusta que se incluya a las personas en situación de apatridia y que se facilite la regularización de los hijos. Sin embargo, nos preocupa la saturación de las oficinas.
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